TY - GEN N2 - La importancia de esta obra puesta a consideración del público, radica en que la misma es un estudio minucioso de los Derechos Conexos, que no se agota en la demostración de la total autonomía de estos con relación al Derecho de Autor. Lo hace fundado en la idea de hacer emerger la preteoría que subyace en la normativa del Derecho Paraguayo, para explicar a los Derechos Conexos como un sistema de divulgación y que nada tiene que ver con el Derecho de Autor sino que, en todo caso, este es un contenido del sistema de divulgación. La importancia de este estudio, no se agota en la demostración de la autonomía de los Derechos Conexos sino en la implicancia práctica de esa teoría subsumida de su propia normativa. Para el efecto, el autor utilizó una llamativa metodología para demostrar la idea presentada, pues se basa en el Sistema Autorreferencial de Niklas Lumman, apoyado en una epistemología que ayuda a la emergencia de sus fundamentos de "desde sí mismo" de los elementos del sistema de divulgación. Así, nos explica el autor que el artista divulgador no es el mero artista profesional sino aquel que tiene derecho de exclusiva. Lo mismo acota respecto del fonograma nos enseña que no toda grabación en un soporte es fonograma protegido por Derechos Conexos. Respecto del audiovisual, reconstruye a través de su normativa, el sistema de los audiovisuales al que lo reconoce como Derechos Conexos, y especialmente a la obra audiovisual de la cual dice que no es Derecho de Autor. Sobre la radiodifusión como Derechos Conexos, además de hacer un detallado estudio, analiza los contratos de radiodifusión. En otro capítulo hace una dura crítica a la regulación penal de los Derechos Conexos, haciendo notar varias falencias en la misma al agotar su contenido en las "obras protegidas", distorsionándose en los tipos penales, la naturaleza diversa de los Derechos Conexos. El autor llama la atención sobre la piratería de Derecho de Autor y Derechos Conexos, y nos muestra las deficiencias para tipificarlos. Tal vez puede no compartirse las ideas del autor, pero su exposición y análisis abre un amplio panorama de controversia como el hecho de plantear que un futbolista pueda ser considerado artista devulgación al ver a los Derechos Conexos como un sistema. Como sea, es un estudio completo sobre los Derechos Conexos como rama de los Derechos Intelectuales que creemos tendrá un impacto positivo, pues el trabajo parte de nuevos paradigmas en la mateira. AB - La importancia de esta obra puesta a consideración del público, radica en que la misma es un estudio minucioso de los Derechos Conexos, que no se agota en la demostración de la total autonomía de estos con relación al Derecho de Autor. Lo hace fundado en la idea de hacer emerger la preteoría que subyace en la normativa del Derecho Paraguayo, para explicar a los Derechos Conexos como un sistema de divulgación y que nada tiene que ver con el Derecho de Autor sino que, en todo caso, este es un contenido del sistema de divulgación. La importancia de este estudio, no se agota en la demostración de la autonomía de los Derechos Conexos sino en la implicancia práctica de esa teoría subsumida de su propia normativa. Para el efecto, el autor utilizó una llamativa metodología para demostrar la idea presentada, pues se basa en el Sistema Autorreferencial de Niklas Lumman, apoyado en una epistemología que ayuda a la emergencia de sus fundamentos de "desde sí mismo" de los elementos del sistema de divulgación. Así, nos explica el autor que el artista divulgador no es el mero artista profesional sino aquel que tiene derecho de exclusiva. Lo mismo acota respecto del fonograma nos enseña que no toda grabación en un soporte es fonograma protegido por Derechos Conexos. Respecto del audiovisual, reconstruye a través de su normativa, el sistema de los audiovisuales al que lo reconoce como Derechos Conexos, y especialmente a la obra audiovisual de la cual dice que no es Derecho de Autor. Sobre la radiodifusión como Derechos Conexos, además de hacer un detallado estudio, analiza los contratos de radiodifusión. En otro capítulo hace una dura crítica a la regulación penal de los Derechos Conexos, haciendo notar varias falencias en la misma al agotar su contenido en las "obras protegidas", distorsionándose en los tipos penales, la naturaleza diversa de los Derechos Conexos. El autor llama la atención sobre la piratería de Derecho de Autor y Derechos Conexos, y nos muestra las deficiencias para tipificarlos. Tal vez puede no compartirse las ideas del autor, pero su exposición y análisis abre un amplio panorama de controversia como el hecho de plantear que un futbolista pueda ser considerado artista devulgación al ver a los Derechos Conexos como un sistema. Como sea, es un estudio completo sobre los Derechos Conexos como rama de los Derechos Intelectuales que creemos tendrá un impacto positivo, pues el trabajo parte de nuevos paradigmas en la mateira. T1 - Los derechos conexos no son conexos (al derecho de autor) :Una vision teorica diferente sobre los Derechos Conexos AU - Castiglioni, Carmelo Augusto. LA - spa ID - 48420 KW - Copyright KW - Neighboring rights SN - 9789995354657 TI - Los derechos conexos no son conexos (al derecho de autor) :Una vision teorica diferente sobre los Derechos Conexos ER -