El Convenio de París se aplica a la propiedad industrial en su acepción ms̀ amplia, con inclusión de las patentes, las marcas de productos y servicios, los dibujos y modelos industriales, los modelos de utilidad (una especie de pequeäna patente establecida en la legislación de algunos países), los nombres comerciales (la denominación que se emplea para la actividad industrial o comercial), las indicaciones geogrf̀icas (indicaciones de procedencia y denominaciones de origen) y la represión de la competencia desleal.