@article{27699, note = {Sumario : 1. Constitución de uma Unión particular. Depósito de marcas en la Oficina Internacional. Definición de país de origen; 2. Referencia al article 3 del convenio de París (asimilacíón de determinadas categorias de personas a los nacionales de los países de la Union), 2limitación territorial", Petición de "extension territorial"; 4. Efectos del registro internacional, sustitución de los registros nacionales anteriores por el registro internacional; 5. Denegación por parte de las administraciones nacionales, justificantes de la legitimidad de uso de ciertos elementos de la marca, copia de las referencias inscritas en el registro internacional, indagaciones de anterioridad. Extractos del registro internacional.}, url = {http://tind.wipo.int/record/27699}, title = {Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas del 14 de abril de 1891, revisado en Bruselas el 14 de diciembre de 1900, en Washington el 2 de junio de 1911, en La Haya el 6 de noviembre de 1925, en Londres el 2 de junio de 1934, en Niza el 15 de junio de 1957, en Estocolmo el 14 de julio de 1967, y modificado el 28 de septiembre de 1979 Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989, Reglamento (texto en vigor el 1 de abril de 2016), e Instrucciones Administrativas (texto en vigor el 1 de enero de 2008).}, recid = {27699}, pages = {151 pages ;}, }